Siniestro

Toda liquidación de siniestro posee las siguientes etapas:

1. Denuncia del siniestro a la aseguradora.
2. Evaluación de la cobertura del siniestro.
3. Designación del perito liquidador de siniestros.
4. Evaluación de la causa o génesis del siniestro.
5. Aceptación de la prestación de la aseguradora.
6. Determinación de los daños.
7. Determinación de la prestación a cargo de la aseguradora.
8. Conformidad de la indemnización por parte del asegurado.
9. Pago de la indemnización.

Denuncia del siniestro:

Es una carga formal que el asegurado debe efectuar dentro de los plazos establecidos en el contrato de seguros, 72 hs. de ocurrido el hecho o de llegado a su conocimiento.

Aconsejamos hacerlo en nuestras oficinas para nuestro debido conocimiento, registración y envío a la aseguradora pertinente.

Evaluación de la cobertura:

Es el análisis conjunto que efectúa nuestro equipo con especialistas, aseguradoras y el cliente.

De éste análisis surge si el evento denunciado se trata de un hecho cubierto o no por la póliza afectada.

Si se trata de un hecho cubierto se prosigue con los demás pasos, caso contrario se dan las explicaciones técnicas y legales del caso y se da por terminado.

Designación del perito liquidador:

Las aseguradoras pueden designar liquidadores de seguros a su criterio y en función a la complejidad del caso por las circunstancias del hecho y el monto estimado de los daños, para determinar las causas del siniestro, evaluar los daños, solicitar prueba documental, y practicar la liquidación, es decir llegar a un acuerdo indemnizatorio con el asegurado.

Los liquidadores son firmas independientes y generalmente su opinión es vinculante con los resultados del siniestro.

En cualquier etapa de la liquidación de un siniestro, cumpliendo con las formalidades correspondientes, la aseguradora puede declinar su responsabilidad, fundamentándola.

Evaluación de la causa o génesis:

Son los análisis que efectúan especialistas para determinar la causa eficiente que provocó el daño, siendo sencilla su determinación o muy compleja, en función a los hechos y circunstancias específicas de cada caso.

Aceptación de la aseguradora:

Es la aceptación de la cobertura por parte de la compañía de seguros, teniendo plazos formales para expedirse, implicando aceptación su silencio.

Determinación de los daños:

Es la evaluación de los presupuestos de reposiciones y/o reparaciones de los bienes afectados por un siniestro, estando su complejidad directamente relacionada con la magnitud del siniestro.

Determinación de la prestación a cargo de la aseguradora:

Es la evaluación, en función a las condiciones de la póliza y los daños sufridos, que determina la indemnización del siniestro.

Conformidad de la indemnización:

Es la conformidad que presta el asegurado a la liquidación y resarcimiento o indemnización del siniestro.

Pago de la indemnización:

Es la puesta a disposición del asegurado del dinero convenido como indemnización.

Las aseguradoras disponen de un plazo de 15 (quince) días a partir de la conformidad de la indemnización para hacer efectivo el pago.

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